Df 5 TR. de la Ley reguladora de los residuos de Cataluña
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»D.F. 5ª
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Si la actualización facultada por la disposición final cuarta, por ella misma o en virtud de reiteraciones sucesivas, llega a constituir un incremento superior al quince por ciento de las cuantías fijadas por esta Ley, será necesaria su modificación.
