Df 5 Transporte de Viajeros por Carretera de Cantabria
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor
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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Palacio del Gobierno de Cantabria, 17 de noviembre de 2014.
El presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
Juan Ignacio Diego Palacios.
2014/16852
