Df 5 Transportes y Movili...e Asturias

Df 5 Transportes y Movilidad Sostenible de Asturias

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D.F. 5ª. Entrada en vigor.

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La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.

Oviedo, veintitrés de noviembre de dos mil dieciocho.-El Presidente del Principado de Asturias, Javier Fernández Fernández.-Cód. 2018-12023.