Df 6 Código penal militar -Vigente-
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»D.F. 6ª. Título competencial.
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Esta ley se dicta al amparo de la competencia que el artículo 149.1.6.ª de la Constitución atribuye al Estado en materia de legislación penal. Las disposiciones finales primera y segunda se dictan al amparo de la competencia en materia de legislación procesal, atribuida al Estado por el artículo 149.1.6.ª de la Constitución. Las disposiciones finales tercera, cuarta y quinta se dictan, respectivamente, al amparo de la competencia que el artículo 149.1.4.ª y 149.1.29.ª de la Constitución, atribuye al Estado en materia de defensa y Fuerzas Armadas y en materia de seguridad pública.
