Df 6 Creación de la Agencia Estatal de Salud Pública y modificación de la Ley 33/2011 -General de Salud Pública-
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»D.F. 6ª. Títulos competenciales.
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La presente ley se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149, apartado 1, numerales 15.ª y 16.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia exclusiva en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica y las bases y coordinación general de la sanidad.
La disposición adicional primera se dicta de acuerdo con lo establecido en el artículo 149, apartado 1, numerales 16.ª y 23.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia exclusiva sobre las bases y coordinación general de la sanidad y sobre la legislación básica sobre protección del medio ambiente.
