Df 6 especificaciones y condiciones para el empleo del DUE para la puesta en marcha de soc. cooperativas, soc. civiles, comunidades de bienes, SL laborales y emprendedores de resp. limitada, mediante tramitación telemática
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»D.F. 6ª. Título competencial.
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Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva que sobre legislación mercantil atribuye al Estado el artículo 149.1.6.ª de la Constitución Española.
