Df 6 Espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor
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La presente ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
