Df 6 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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»D.F. 6ª. Organización y funcionamiento del Registro de parejas estables.
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La organización, el funcionamiento y la publicidad del Registro de parejas estables se tiene que establecer por reglamento.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 6ª. (se añade)) por DECRETO LEY 3/2015, de 6 de octubre, de modificación de la Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativa a la creación del Registro de parejas estables.
(GC de 08-10-2015) en vigor desde 08-10-2015
