Df 6 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
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»D.F. 6ª.- Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor el 1 de enero de 2013.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, 27 de diciembre de 2012.
-El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso
NPE: A-311212-18949
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013