Df 6 Medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2018.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-10-2018 en vigor desde 07-10-2018