Df 6 Montes
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D.F. 6ª. Entrada en vigor de la ley.

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La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 21 de noviembre de 2003.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-11-2003 en vigor desde 22-02-2004