Df 6 Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico
D.F. 6ª. Modificación de la Ley 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.
Se modifica el artículo 22, con la siguiente nueva redacción:
"Artículo 22. Órgano de participación y consulta.
1. La participación y consulta en materia de salud pública, tanto institucional como social, con presencia de organizaciones ciudadanas, sindicales y profesionales, entre otras, se hará efectiva, conforme al principio de participación democrática de todos los interesados, a través del Consejo de Salud de Aragón, configurado como órgano de participación ciudadana en la formulación de política sanitaria y en el control de su ejecución, asesorando e informando al departamento responsable de salud.
2. En el seno del Consejo de Salud de Aragón existirá una comisión de carácter permanente dedicada a las cuestiones de salud pública, constituida de acuerdo con las normas que regulan el funcionamiento de dicho Consejo".
- Texto Original. Publicado el 02-07-2021 en vigor desde 02-10-2021