Df 6 Prórroga del programa de recualificación profesional de personas que agoten su protección por desempleo
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien lo previsto en el artículo 3 producirá efectos desde el 1 de enero de 2013.
Dado en Madrid, el 25 de enero de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
MARIANO RAJOY BREY

