Df 6 Reglamento General de Vehiculos
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
Vigente
El presente Real Decreto y el Reglamento que por el mismo se aprueba entrarán en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
El Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia,
FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-01-1999 en vigor desde 26-07-1999