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Df 6 de simplificación administrativa de la Generalitat

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D.F. 6ª. Entrada en vigor

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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, salvo los artículos 10, 61 y 66, que entrarán en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo por el que apruebe la Guía metodológica para la elaboración de la Memoria del Análisis de Impacto Normativo.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos y todas las ciudadanas, tribunales, autoridades y poderes públicos a los que corresponda, observen y hagan cumplir esta ley.

Valencia, 5 de diciembre de 2024

Carlos Mazón Guixot

President de la Generalitat