Df 6 Utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto
Ver Indice
»D.F. 6ª. Título competencial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Este real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el artículo 149.1.20.ª de la Constitución en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo y matriculación de aeronaves.
El artículo 44 y la disposición adicional primera se dictan al amparo de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el artículo 149.1.29.ª de la Constitución en materia de seguridad pública.
