Df 7 Ley de Protección de consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
Vigente
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción del apartado diez del artículo primero, de modificación de la letra b) del artículo 80 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, que entrará en vigor en el plazo de tres meses desde su publicación.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 25 de febrero de 2022.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN

