Df 7 Ley del Registro Civil

Df 7 Ley del Registro Civil

Ver Indice
»

D.F. 7ª. Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de Registro Civil.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Comunidades Autónomas tendrán participación en este ámbito ejerciendo las competencias ejecutivas en materia de Registro Civil o las que se deriven de competencias asumidas en materia de medios materiales y personales de la Administración de Justicia; de acuerdo con sus Estatutos de Autonomía, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y esta Ley, así como las demás disposiciones normativas.

Modificaciones