Df 7 novena modificación de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y de Medidas legales sectoriales de simplificación administrativa
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»D.F. 7ª. Desarrollo normativo.
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Se habilita al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de lo establecido en esta ley.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, a diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco.-El Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez.-Cód. 2025-09914.
