Df 7 Servicio postal universal, derechos de ususarios y mercado postal
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»D.F. 7ª. Entrada en vigor.
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Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional octava, la presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 30 de diciembre de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno, JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
