Df 7 Simplificación Administrativa de Cantabria
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»D.F. 7ª. Desarrollo reglamentario de las Entidades Colaboradoras de Certificación.
Vigente
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno procederá al desarrollo reglamentario del régimen de las entidades colaboradoras de certificación previstas en los artículos 33 y siguientes de la presente Ley.

