Df 7 TR. de la ley de urbanismo de Cataluña
- Las referencias a la licencia urbanística deben entenderse realizadas a la comunicación previa en caso de que, de acuerdo con el art. 22 de la Ley 16/2015, de 21 de julio, este régimen de intervención sustituya al de la licencia urbanística. - LEY 16/2015, de 21 de julio, de simplificacion de la actividad administrativa de la Administracion de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad economica.
Ver Indice
»D.F. 7ª. Autorización para regular, con carácter supletorio, la participación ciudadana en la elaboración del planeamiento urbanístico general municipal.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se autoriza al Gobierno, de acuerdo con lo establecido por la disposición final tercera del Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, para regular, con carácter supletorio, si faltan las disposiciones reglamentarias de las corporaciones locales, el despliegue de los aspectos relativos a la participación ciudadana en la elaboración de los planes de ordenación urbanística municipal y de los programas de actuación urbanística municipal.
