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Df 8 Control de la actividad de los Partidos Políticos

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D.F. 8ª. Plan de Contabilidad Adaptado a las Formaciones Políticas.

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El Tribunal de Cuentas adaptará a lo dispuesto en la presente ley, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, el Plan de Contabilidad Adaptado a las Formaciones Políticas aprobado por Acuerdo del Pleno de 26 de septiembre de 2013. En dicha adaptación se atenderá a las peculiaridades de las uniones, federaciones y confederaciones y coaliciones permanentes de partidos.