Df 8 Enseñanzas artísticas superiores y organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales
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»D.F. 8ª. Habilitación normativa.
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Corresponde al Gobierno y a las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la presente ley.
