Df 8 especificaciones y condiciones para el empleo del DUE para la puesta en marcha de soc. cooperativas, soc. civiles, comunidades de bienes, SL laborales y emprendedores de resp. limitada, mediante tramitación telemática
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»D.F. 8ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de febrero de 2015.
FELIPE R.
La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
SORAYA SÁENZ DE SANTAMARÍA ANTÓN
