Df 8 Juventud de C León

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D.F. 8ª.

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Las nuevas titulaciones a que hace referencia la presente Ley serán exigibles en un plazo de dieciocho meses a contar desde su entrada en vigor.

Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Valladolid, a 10 de julio de 2002.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo