Df 8 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración
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»D.F. 8ª. Habilitación para modificar los anexos.
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Se faculta a la persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para modificar mediante orden, que habrá de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, los anexos al Título XI.
