Df 8 Medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria
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»D.F. 8ª. Desarrollo reglamentario y ejecución.
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Se habilita al Gobierno y a las personas titulares de los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
