Df 9 General Tributaria de Gipuzkoa

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D.F. 9ª. Modificación de la NORMA FORAL 2/2002, de 20 de marzo, del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos.

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Se modifica el artículo 13 de la NORMA FORAL 2/2002, de 20 de marzo, del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 13. Infracciones y sanciones.

Las infracciones tributarias en este impuesto se sancionarán conforme a lo dispuesto en la Norma Foral General Tributaria, sin perjuicio de las sanciones cuya imposición pudiera proceder con arreglo a lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto Foral 20/1998, de 3 de marzo, por el que se adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a lo dispuesto en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales».