Df 9 Medidas urgentes para la reducción del déficit
D.F. 9ª. Desarrollo reglamentario y aplicación de la presente norma
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1. Se faculta al Consell para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo del presente decreto-ley.
2. Por lo que se refiere al Capítulo I de la presente norma:
a) los órganos competentes en materia de personal realizarán las actuaciones administrativas necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto-ley, en los plazos y condiciones previstos en el mismo.
b) La conselleria con competencias en materia de Hacienda impulsará las actuaciones administrativas necesarias en orden a asegurar que la aplicación del presente decreto-ley produzca las economías de gasto correspondientes.
c) Se habilita al conseller de Hacienda y Administración Pública para modificar la relación de categorías profesionales incluidas en el anexo I del presente decreto-ley.
