Df 9 Presupuestos 2018 I. Balears
D.F. 9ª. Modificación de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La regla 5ª de la letra b) del apartado 3 del artículo 205 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, queda modificada de la siguiente manera:
5ª Con cargo a este fondo pueden formalizarse convenios de colaboración con municipios y otros entes locales para objetivos determinados, los cuales no estarán sometidos a los criterios de distribución antes mencionados. Estos convenios de colaboración podrán ser de carácter plurianual siempre que quede debidamente justificado en el expediente de aprobación del convenio, en atención al objetivo determinado al cual se destine la ayuda y el coste económico de su ejecución. A los entes locales que hayan suscrito los mencionados convenios, se les detraerá el importe anual que prevea el convenio de las aportaciones que les correspondan, salvo que, excepcionalmente, concurran circunstancias especiales de interés público que aconsejen que tal detracción no tenga lugar, lo que deberá quedar justificado y motivado en la tramitación del expediente y reflejado en el convenio.
