Df 9 Reglamento de la Ley...Voluntaria

Df 9 Reglamento de la Ley 5/2012, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria

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D.F. 9ª.- Desarrollo normativo

Vigente

1.- El departamento del Gobierno Vasco competente en materia de entidades de previsión social dictará las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo normativo y aplicación del Reglamento anexo.

2.- En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Decreto, se aprobará la Orden a que se refiere el párrafo 6 del artículo 91 del Reglamento.