Df 9 Simplificación Administrativa de Cantabria
D.F. 9ª. Actualización de formularios.
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1. En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la Ley deberán actualizarse o aprobarse nuevos formularios de solicitud, declaración responsable o comunicación correspondientes a los procedimientos cuya normativa haya sido modificada por la misma, a los efectos de adaptarlos tanto a la nueva redacción normativa como a la Guía de Normalización y Simplificación de Formularios y Documentos del Gobierno de Cantabria.
2. Se faculta a los consejeros competentes en la materia para, mediante resolución, modificar los formularios de solicitudes, declaraciones, comunicaciones y, en general, instancias recogidas como anexo en las normas autonómicas vigentes para adaptarlas a las exigencias de la simplificación.
