Df �nica se da nueva regulación a los sistemas especiales de frutas y hortalizas e industria de conservas vegetales, dentro del régimen general de la SS
Ver Indice
»D.F. Única.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se faculta a la Dirección General de Ordenación Jurídica y de Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social para resolver cuantas cuestiones de índole general puedan suscitarse en la aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
2. La presente Orden entrará en vigor el día 1 del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de mayo de 1991.
MARTÍNEZ NOVAL
Ilmos. Sres. Secretario general para la Seguridad Social y Directores generales de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social.
