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Quedan derogadas todas las normas que se opongan a lo previsto en esta Ley Foral.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S. M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando cumplir a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 13 de marzo de 1989.
GABRIEL URRALBURU TAINTA,
Presidente del Gobierno de Navarra
