Df �nica Forestal de Cataluña

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Se autoriza al Consejo Ejecutivo para que desarrolle reglamentariamente las disposiciones de la presente Ley.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen a su cumplimiento y que los Tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.

Palacio de la Generalidad, 30 de marzo de 1988.

JOSEP MIRÓ I ARDÈVOL,

Consejero de Agricultura, Ganadería y Pesca

JORDI PUJOL,

Presidente de la Generalidad de Cataluña