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Vigente
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan, y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 3 de Julio de 2001.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2001 en vigor desde 26-07-2001