Df �nica Intensidad, cuantía, condiciones y compatibilidad de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
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El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Dado en Murcia a 3 de diciembre de 2010.-El Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Ramón Luis Valcárcel Siso.-El Consejero de Política Social, Mujer e Inmigración, Joaquín Bascuñana García.
