Df �nica Medidas Fiscales -modificación del TR. de Disposiciones Legales en materia de tributos cedidos por el Estado-
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»D.F. Única. Entrada en vigor
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Uno. Las disposiciones relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, contenidas en los apartados dos a nueve del artículo único entrarán en vigor el 31 de diciembre de 2018 y serán de aplicación a todos los periodos impositivos que finalicen durante el año 2018.
Dos. El resto de disposiciones de esta ley entrarán en vigor el 1 de enero de 2019.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, a 19 de diciembre de 2018.
El Presidente, ÁNGEL GARRIDO GARCÍA
(03/41.893/18)
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. Única (corrección de errores)) por CORRECCIÓN de errores de la Ley 6/2018, de 19 de diciembre, de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre.
(M de 20-03-2019) en vigor desde 01-01-2019

