Df �nica Medidas urgentes en materia de espectáculos públicos en Murcia -Derogada-
- Con efectos de 16 de noviembre de 2022 por Resolución de 19 de octubre de 2022 se deja sin efecto la derogación de la presente norma en la redacción dada por el Decreto-ley 3/2022, de 22 de septiembre. - Resolución por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Pleno de la Asamblea Regional de Murcia, de fecha 19 de octubre de 2022, por el que se acuerda la derogación del Decreto-Ley n.º 3/2022, de 22 de septiembre, de medidas urgentes en materia de régimen sancionador de establecimientos públicos, espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan y a los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Murcia, a 2 de junio de 2016.-El Presidente, Pedro Antonio Sánchez López
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