Df �nica modificación del TR de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de Tributos Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de Oct
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley, coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la guarden y la hagan guardar.
Oviedo, diecinueve de noviembre de dos mil veinticinco.-El Presidente del Principado de Asturias, Adrián Barbón Rodríguez.-Cód. 2025-09912.
