Df �nica Procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública
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Se faculta al Presidente de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de cuanto se establece en el presente Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, a 27 de junio de 2006.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA
El Vicepresidente de la Junta de Extremadura,
IGNACIO SÁNCHEZ AMOR
