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Df �nica Reglamento asturiano de Policía Sanitaria Mortuoria

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DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.

Vigente

La Consejeria de Servicios Sociales dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en el ámbito del Principado de Asturias.

Dado en Oviedo, a 26 de noviembre de 1998.

 

El Presidente del Principado,
Sergio Marqués Fernández.
El Consejero de Servicios Sociales,
Antonio Cueto Espinar.