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La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir
Palacio de la Generalidad, 7 de junio de 2010
José Montilla i Aguilera
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Antoni Castells
Consejero de Economía y Finanzas
(10.153.118)
