Df �nica se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 25 de noviembre de 2025.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
El vicepresidente segundo del Gobierno y consejero de Economía, Trabajo y Empleo,
MIGUEL TORRES LORENZO.
