Df �nica Desarrollo del RD-Ley 17/1977 -relaciones de trabajo, en materia de Seguridad Social-
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Se faculta a la Subsecretaría de la Seguridad Social para resolver cuantas cuestiones de carácter general puedan plantearse en aplicación de lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de abril de 1977.
RENGIFO CALDERÓN
Ilmos. Sres. Subsecretario de este Ministerio y Subsecretario de la Seguridad Social.
