Df �nica Estatuto de los Consumidores y Usuarios de Murcia
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»D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
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El Consejo de Gobierno queda facultado para proceder al desarrollo reglamentario de cualquiera de los preceptos de la presente Ley que así lo requieran.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. Unica pasa a ser D.F. 1ª) por Ley 1/2008, de 21 de abril, por la que se modifica la Ley 4/1996, de 14 de junio, del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Region de Murcia.
(MU de 24-05-2008) en vigor desde 24-07-2008
