Df �nica Llevanza de libros registros en el IRPF
- Orden aplicable a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
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La presente orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 y se aplicará a las anotaciones registrales correspondientes al ejercicio 2020 y siguientes.
Madrid, 28 de junio de 2019.- La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. Única.(se corrige)) por Corrección de errores de la Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
(BOE de 08-08-2019) en vigor desde 01-01-2020
