Df �nica modelo 170 -declaracion de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestion de cobros a traves de tarjetas de credito o de debito-
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»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
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La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será aplicable por primera vez a las declaraciones que se presenten en el año 2011, en relación con la información correspondiente a operaciones realizadas a partir del 20 de enero de 2010.
Madrid, 25 de enero de 2010.-La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado Méndez.
