Df �nica TR. de las disposiciones legales de Extremadura en materia de Tributos Cedidos por el Estado -Derogado-
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»D.F. Única. Entrada en vigor.
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El presente Decreto Legislativo y el Texto Refundido que aprueba entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 12 de diciembre de 2006.
El Presidente de la Junta de Extremadura, JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA
El Consejero de Hacienda y Presupuesto, JOSÉ MARTÍN MARTÍN
